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martes, abril 16, 2024
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¿Crisis legal en el TSE?

El proceso electoral ¿ha caído en un estado de crisis legal?, se advierte irrespeto por las normas y pone el tapete de dudas sobre el desarrollo de unos comicios en los que el pueblo decidirá algo tan importante como entregar su confianza a una opción política para que gobierne el país. Los vocales entran en contradicciones, adoptan decisiones y retroceden; omiten e incumplen disposiciones legales; son algunas de las observaciones que a diario están en los medios de comunicación, en las redes sociales y en las conversaciones domésticas, y seguramente también en la mira de la comunidad internacional.

Las muestras de una irresponsable administración son muchas. El TSE ha rechazado la renuncia del candidato Jaime Paz Zamora, con el argumento de que la ley obliga a que se cumpla el carácter vinculante de las Elecciones Primarias. Esta situación en nada beneficiaba ni perjudicaba al oficialismo ni a la oposición. Pero luego se presenta la renuncia del candidato a la Vicepresidencia por la alianza Bolivia Dice No, Edwin Rodríguez. Esa renuncia cambia radicalmente el escenario electoral, pues es la tercera fuerza según las últimas encuestas de preferencia que se conocen, y que divide a la oposición. Los argumentos del renunciante se basan «en la necesidad de unir fuerzas en la oposición».

Pero ahora el TSE cambia de opinión y abre la posibilidad de que reemplacen a los candidatos renunciantes. Según interpretación del vocal Antonio Costas, no se podían aceptar ni analizar las «renuncias anticipadas», porque sería dejar en indefensión a los partidos. En su criterio el tema corresponde a ser tratado por el Órgano Electoral, que tiene «competencia legal para hacer cumplir el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos y de las organizaciones políticas».

En un programa de televisión la presidenta del TSE, María Eugenia Choque, reconoció que hay un vacío jurídico. Por un lado, está la obligación de participar en las generales si fueron elegidos en las primarias, establecida en la Ley de Organizaciones Políticas, pero por otro lado está la verificación de requisitos, renuncias y sustitución de candidaturas, establecidas en la Ley 026 del Régimen Electoral. Frente esa realidad de evidentes vacíos y contradicciones cabe preguntarse, ¿quiénes son los responsables? ¿Quiénes proyectaron la ley?, ¿quiénes la aprobaron, quienes la admitieron, quienes la ejecutan sin objetar, meditar ni discernir?

Para los políticos de la oposición, existe una clara posición asumida por los vocales de Tribunal Supremo Electoral para favorecer una candidatura. No pasa inadvertida la actuación de los miembros del Órgano Electoral que transitan de una ilegalidad a otra.

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