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jueves, marzo 28, 2024
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Ruptura de Relaciones con Argentina

Dr. DAEN. Wenceslao Jauregui

Por violar tratados internacionales con referencia al asilo y de refugio, en el caso, proteccionismo y permisión de instigación del ciudadano «argentino» Evo Morales, que, sin tener status oficial de refugiado, conspira -con la aquiescencia del gobierno de Fernández y Kirchner- en contra de Bolivia, lo cual constituye intromisión, por parte del Presidente y Vicepresidenta de Argentina, injerencia en asuntos internos de nuestro país que es soberano.

Si los mandatarios argentinos no reconocen al gobierno transitorio de Bolivia, porque apoyan a Morales considerándolo como «ciudadano argentino» y le permiten efectuar declaraciones e instruir actos hostiles contra el gobierno de Bolivia, demostrando una clara posición de dichos gobernantes de inmiscuirse en asuntos de política interior de nuestro país, lo cual significa que no habiendo optado al estatus de refugiado es un turista que no debe ser considerado refugiado.

Al respecto sobre el «asilo» en los instrumentos internacionales y las Constituciones Políticas Iberoamericanas actualizado al 30 de junio de 2011 se establece: A) Tratados y convenios internacionales. Tratado sobre Derecho Penal Internacional (Montevideo 1889)

Artículo 16

«El asilo es inviolable para los perseguidos por delitos políticos, pero la Nación de refugio tiene el deber de impedir que los asilados realicen en su territorio actos que pongan en peligro la paz pública de la Nación contra la cual han delinquido.» (Caracas 1911).

Artículo 1

Los Estados contratantes convienen en entregarse mutuamente, de acuerdo con lo que se estipula en este Acuerdo, los individuos que procesados o condenados por las autoridades judiciales de cualquiera de los Estados contratantes, como autores, cómplices o encubridores de alguno o algunos de los crímenes o delitos especificados en el artículo 2º, dentro de la jurisdicción de una de las partes contratantes, busquen asilo o se encuentren dentro del territorio de una de ellas.

Artículo 18

Fuera de las estipulaciones del presente Acuerdo, los Estados signatarios reconocen la institución de asilo, conforme a los principios del Derecho Internacional.

Al respecto Evo Morales está siendo procesado como autor, de delitos estipulados en el convenio.

La presentación de una acción penal contra Evo Morales, en la Corte Internacional Penal, por el anterior Procurador General del Estado Dr. Cabrera, por delitos de lesa humanidad al haber instruido que se bloque las capitales de departamento de Bolivia para evitar el ingreso alimentos, lo cual es considerado genocidio.

Por lo expuesto, el gobierno transitorio, debería romper relaciones diplomáticas con Argentina, que resulta beneficiado porque se le otorgó -durante el gobierno de Morales- grandes volúmenes de gas «a precio político» (reducido con referencia a exportación a otros Estados) lo que hizo que Fernández pretenda acrecentarlo por lo cual en forma arbitraria apoya a Morales.

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