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Sereci reporta 101 trámites de cambio de género de enero a noviembre de 2021

El registro civil atendió entre enero y noviembre del año pasado más de un centenar de trámites de personas transexuales y transgénero que cambiaron sus nombres, imagen y sexo en sus documentos personales.

En total fueron 101 personas transexuales y transgénero las que acudieron a las oficinas del Servicio de Registro Cívico (Sereci) «para registrar el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen», señala un comunicado de prensa difundido este jueves por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Esta información se encuentra en el informe de gestión y rendición pública de cuentas del organismo electoral correspondiente a 2021, precisa la nota.

Un cuadro que acompaña el texto detalla que la mayoría de los trámites se registraron en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba.

En Santa Cruz se presentaron 40 casos, otros 39 en La Paz y 13 en Cochabamba, mientras que Beni fue la única que no registró ningún trámite de este tipo, según el cuadro.

El TSE recordó que estos trámites son posibles por la ley de Identidad de Género vigente desde mayo de 2016, que señala que el Sereci es la instancia señalada a nivel nacional «para el registro del cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen a personas transexuales y transgénero».

La citada norma, a la que pueden acogerse los mayores de 18 años, fue impulsada por colectivos TLGBI con el respaldo del Ministerio de Justicia.

Los transexuales son quienes han construido su género contrario al sexo asignado al nacer recurriendo a alguna intervención médica, mientras que los transgénero son las personas que cambian su identidad de género «sin que esto implique intervención médica de modificación corporal», explica la ley.

También establece que «el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen será reversible por una sola vez, luego de lo cual no podrán modificarse nuevamente estos datos».

Entre los requisitos para concretar el trámite están la presentación de una carta de solicitud que manifieste el nombre propio y dato de sexo inicialmente anotado, y la nueva información que se vaya a registrar.

También se debe presentar el resultado de un examen psicológico «que acredite que la persona conoce y asume voluntariamente las implicaciones de su decisión», entre otros documentos, mencionó el TSE.

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