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sábado, abril 20, 2024
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SIN convoca al diálogo al transporte pesado para resolver sus demandas

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón Morales, reafirmó ayer la voluntad de esta institución de dialogar con la dirigencia del Transporte Pesado e informó que su despacho enviará una carta al Comité Ejecutivo del Autotransporte Pesado Nacional e Internacional (Ceatpenal) para reestablecer las reuniones, que esta misma organización interrumpió en junio de este año.

Aclaró que “en todo caso, el diálogo lo teníamos siempre”; pero el 14 de junio de este año Ceatpenal comunicó su decisión de no asistir más a las reuniones mensuales y trimestrales con el SIN, y desde entonces tampoco asistió a las invitaciones de la Administración Tributaria para reanudar esos encuentros técnicos, previstos en el Acuerdo Final firmado con el Transporte Pesado en agosto de 2016.

“En verdad -afirmó Cazón-, nos sorprendió la nota que hizo llegar Ceatpenal, retirándose de las negociaciones, de las reuniones mensuales que teníamos en cada departamento (…), y, por supuesto, de manera trimestral teníamos reuniones con la Presidencia del SIN, para evaluar los logros que se habían hecho”.

El Presidente del SIN explicó que como resultado de las reuniones periódicas con Ceatpenalse resolvieron varios problemas planteados por el Transporte Pesado relacionados a cuestiones tributarias.

Por ejemplo, cuando el Transporte Pesado denunciaba la falta de emisión de factura, “nosotros inmediatamente llegábamos a activar los controles, para que las personas, las empresas, los negocios emitan las correspondientes facturas y, por supuesto, el Sector del Transporte pueda beneficiarse del crédito fiscal, que es lo que reclamaban”.

Otro resultado del diálogo entre el SIN y la dirigencia del Transporte Pesado fue la emisión de la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 10-0019-16 del SIN, en 2016, que identifica las compras de bienes y servicios que se consideran vinculadas con la actividad del Transporte Interdepartamental e Internacional de pasajeros y carga, para ser computadas como Crédito Fiscal.

“Hasta tengo cartas -afirmó Cazón-, en las que estaban muy conformes con el trabajo que estaba haciendo Impuestos Nacionales, con la coordinación que tenía Impuestos Nacionales, particularmente, con este sector que es el Ceatpenal”.

Convocatorias anteriores

Desde junio de 2018, en reiteradas oportunidades el SIN volvió a comunicar a Ceatpenal su predisposición para continuar con las reuniones técnicas y en ningún momento dejó de cumplir con el Acuerdo Final, suscrito hace dos años.

En junio de 2018 las Gerencias Distritales del SIN de Oruro, Pando, Tarija y Potosí organizaron las reuniones mensuales, pero las dirigencias del Transporte Pesado en esos departamentos no acudieron a la cita. Solo hubo una reunión en Beni.

En el curso de este año, las Gerencias Distritales del SIN también enviaron notas a las dirigencias del Transporte Pesado en sus respectivas regiones para coordinar eventos de capacitación sobre temas tributarios; pero muchas de esas solicitudes aún no tienen respuesta.

Sobre fiscalización tributaria

En las últimas horas, dirigentes del Transporte Pesado hicieron declaraciones sobre la supuesta calidad de facturas emitidas por surtidores de combustibles.

Respecto a este tema, el SIN recuerda que emitió la RND N° 10-0021-16, Sistema de Facturación Virtual, modificado por la RND Nº 101700000007 de 28 de abril de 2017, para que los contribuyentes que opten por la emisión de facturas en papel térmico, cumplan, mínimamente, con las siguientes especificaciones técnicas: uso de papel térmico con un gramaje de 78 gramos; calidad de papel alta, que garantice la permanencia de datos por un periodo de tiempo igual o mayor a ocho (8) años.

Además, en el proceso de fiscalización tributaria, en caso de que se observe una factura ilegible, que respalda una compra, dicha ilegibilidad no es causa suficiente para la depuración del crédito fiscal, porque en la investigación tributaria también se verifica si la factura está registrada en el libro de compras

El SIN también aclara que se encuentra plenamente vigente el Régimen de Tasa Cero en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el servicio de transporte internacional de empresas bolivianas de carga por carretera, según disponen la Ley Nº 3249, su decreto reglamentario Nº 28656 (marzo de 2006) y la RND Nº 10-0012-06 Procedimiento para la Aplicación del Régimen de Tasa Cero del IVA (abril de 2006).

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