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jueves, marzo 28, 2024
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Usurpación de funciones

Mientras la justicia continúe bajo el poder político militante, será imposible hacer prevalecer el estado de derecho, y la institucionalidad continuará deteriorándose, abonando el terreno para mantener la ilegalidad en el país. En cualquier otra nación donde se respete el ordenamiento legal, estarían presos los responsables del fraude electoral del 20 de octubre de 2019, y sometidos a proceso los gestores de la burla al voto ciudadano. También habría sido borrada del registro electoral, la personería jurídica de los partidos que tomaron parte o se beneficiaron del fraude, y no podrían volver a participar en nuevos comicios.

Pero en Bolivia, parece que los desenlaces del sistema judicial quedan muy lejos de hacer honor al significado de los conceptos de justicia, legalidad y legitimidad. Así, los principales gestores del fraude están en el exilio dorado, otros aparecen como candidatos para las nuevas elecciones, y el MAS sigue en carrera como si no hubiese sido el beneficiario de las irregularidades y constituirse en el partido bajo cuya siga se perpetró el fraude. Los juicios que se anunciaron contra los transgresores a la Constitución Política del Estado quedaron en simples amenazas, y están libres, agresivos y amenazantes todos los que impulsaron, argumentaron, defendieron y perpetraron la vulneración de la CPE para pretender una cuarta reelección ilegal de Evo Morales.

Inclusive están en el parlamento, como antes, simplemente levantando la mano para aprobar lo que les dictan desde el extranjero. Antes las instructivas venían de Cuba y Venezuela, ahora de Argentina. Así se volvió a atentar contra la población pretendiendo que las elecciones generales se desarrollen en momentos más críticos de la pandemia. Ninguna persona que cuide su salud, su vida y la de sus familiares se arriesgará en esas circunstancias. Aquellos que sean sorteados como jurados electorales o los delegados de mesa, ¿se arriesgarán al contagio del coronavirus? En esas condiciones, ¿cuál puede ser el apuro de los dirigentes del MAS? la respuesta sale a la vista: evitar que toda la gente responsable y consiente vaya a votar, y lograr mandar a las urnas a los que obedecen la consigna, la prebenda o se someten al amedrentamiento; a algunos hasta se los amenaza con quitarles su parcela, su cato de coca o sus privilegios.

Sin duda, los cabecillas del MAS precipitaron las elecciones porque saben que en comicios libres, informados, y en condiciones de igualdad para todos los candidatos, jamás podrían ganar porque tienen que rendir cuentas al Estado, dejaron al país sin salud ni educación y dilapidaron los recursos del gas natural, y entregaron los recursos naturales a los chinos.

Asimismo, las columnas de los periódicos han dado paso a análisis de penalistas, constitucionalistas, politólogos, e intelectuales de diversas corrientes que han detallado las transgresiones legales en que recurrentemente han incurrido los dirigentes del MAS. La última aberración salió de la Asamblea Legislativa, atribuyéndose competencias que no tiene. Evidentemente, la presidente del Senado Eva Copa, ha incurriendo en usurpación de funciones. Tanto la Cámara de Diputados como el Senado pueden proyectar y aprobar leyes, pero promulgarlas no está en sus competencias.

Según el artículo 163 de la Constitución Política del Estado, dicha facultad está reservada, exclusivamente, a la Presidente del Estado Plurinacional y a la Presidenta o presidente de la Asamblea Legislativa, este último cargo en la actualidad se encuentra acéfalo.

No hay un solo artículo de la Constitución que autorice a la presidenta del Senado promulgar leyes, ello significa que la norma promulgada el 30 de abril está viciada de nulidad. Por su parte CONADE hace referencia a que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la única entidad encargada de organizar, administrar y ejecutar los procesos electorales, así como la elaboración del padrón electoral.

La acción de atribuirse potestades del Órgano Electoral no está contemplada en ninguna de las 23 atribuciones que otorga la Ley de Leyes al legislativo.

La jurisprudencia interpreta la usurpación de funciones como la acción de arrogarse potestades que no la tienen.

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