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viernes, abril 26, 2024
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Derechos Reales, al escrutinio

El Consejo de la Magistratura anunció la realización de auditorías jurídico-técnicas en todas las oficinas de Derechos Reales del país. Esta es una decisión que era necesaria y urgente, pero postergada lamentablemente pese a las innumerables quejas sobre el servicio y los riesgos de seguridad sobre las propiedades públicas y privadas por un manejo desprolijo de esas instituciones. Una de las bases de la seguridad jurídica es el respeto a la propiedad privada de la que son guardianes las oficinas de derechos reales, a las que se les confía la protección jurídica de los bienes de las personas. Si esta función se distorsiona, se atenta contra uno de los derechos fundamentales de las personas, como es la propiedad, protegida por la Constitución Política del Estado y la Carta Universal de los Derechos Humanos.

Una serie de denuncias generadas en las últimas semanas precipitaron la determinación de actuar sobre estas oficinas, aunque para ello tuvo que pronunciarse el Ejecutivo, mediante los ministros de Gobierno, Carlos Romero, y de Justicia, Héctor Arce, que exigieron al Consejo de la Magistratura acciones concretas para luchar contra la corrupción en las oficinas cuestionadas. «Derechos Reales no es una institución transparente ni confiable. El Consejo de la Magistratura lejos de tomar cartas en el asunto más bien empezó a hacer movimiento de personal (…) hasta la fecha no se realizó ninguna investigación objetiva», según el ministro Romero. Finalmente, el presidente del Consejo de la Magistratura, Gonzalo Alcón, anunció que la siguiente semana empezarán auditorías jurídico-técnicas en todas las oficinas de Derechos Reales del país.

Los problemas de estas dependencias, que cumplen una función tan delicada, son muy antiguos y los intentos por reconducirla fueron inútiles. Diversas instituciones, empresarios y propietarios de bienes presentaron querellas contra los avasalladores, pero pocas han sido las respuestas efectivas. El año 2013 el Tribunal Constitucional emitió un fallo que se constituye en un valioso instrumento de defensa de la propiedad privada, por si naturaleza vinculante. Pero las irregularidades continuaron. Los empresarios privados, en diversas circunstancias han denunciado que por lo menos unas 100 propiedades rurales, haciendas y complejos mineros fueron avasallados en todo el país, y cuestionaron la actitud pasiva de las autoridades.

Es un deber del Estado proteger la propiedad privada y sancionar a quienes vulneran las leyes. La Constitución Política en su Art. 56 dispone que «Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual o colectiva, siempre que esta cumpla una función social. Se garantiza la propiedad privada siempre que el uso que se haga de ella no sea perjudicial al interés colectivo. Se garantiza el derecho a la sucesión hereditaria». Asimismo, el Art. 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclama que «Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad».

Pero la existencia de leyes o jurisprudencia resultan insuficientes, cuando se produce la ausencia de autoridad que las haga cumplir. La propiedad no existe cuando ella está contenida sólo en las leyes y no en la realidad de la vida diaria. La propiedad, para serlo en verdad, debe estar en el derecho, pero también en el hecho y son las oficinas de Derechos Reales las encargadas de sostener legalmente la propiedad.

El año 2015 se promovió la intervención de las oficinas de Derechos Reales. Se acordó esa intervención luego de una reunión con la Sala Plena del Consejo de la Magistratura. Fue conformada una comisión mixta por el Ministerio Público, los ministerios de Justicia y Transparencia, el Órgano Judicial y representantes del Legislativo. Lamentablemente, hasta ahora no se conocen resultados.

La transparencia en las oficinas de Derechos Reales es de vital trascendencia porque su función esencial es proteger la legalidad de la tenencia de los bienes, al ser depositarias de la confianza para administrar el derecho real, que es aquel que concede al titular un señorío sobre un bien. Esa titularidad se manifiesta en el poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico. El código civil establece que la propiedad nace del poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de las normas legales. Ojalá que esta vez la investigación culmine logrando transparentar y hacer eficientes a estas dependencias estatales.

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