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miércoles, mayo 8, 2024
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Una ley controversial

La controversia en torno a los alcances de la Ley de Emergencia Sanitaria continúa enrareciendo el ambiente político y la necesidad de que el país se enfoque de lleno a combatir la crisis de salud y la reactivación económica, factores que son postergados por la campaña proselitista que se impone a la realidad, antes que atender las necesidades de la población. Mientras los médicos quedaron divididos en sus reclamos, representantes de los municipios y legisladores de oposición reclaman que el proyecto es atentatorio contra la autonomía de los municipios y de las gobernaciones. Este descuido a los temas esenciales hace que el coronavirus siga afectando la salud y enlutando a la ciudadanía. A su vez, el gobierno afirma que la Ley de Emergencia Sanitaria es un requerimiento para que Bolivia pueda beneficiarse del mecanismo Covax y obtener vacunas contra el coronavirus (Covid-19).

Esta es una verdad a medias, porque la ONU y la OMS no condicionan la dotación de vacunas, y más bien han lamentado que la pandemia haya servido de pretexto a algunos gobiernos para imponer medidas que atentan contra los derechos humanos. Lo que hacen los organismos internacionales es recomendar que se actúe con la mayor efectividad para atender la salud de la población como prioridad de la crisis. También es cierto que hay algunos requerimientos en relación a seguridades para los proveedores y fabricantes de las vacunas.

Pero el ministro de Justicia, Iván Lima, sostuvo que «es una ley que necesitamos con urgencia para cumplir ciertos requerimientos internacionales del mecanismo Covax y de los laboratorios», en entrevista a canales de televisión. La norma ya ha sido sancionada por la Asamblea Legislativa, pero continúa siendo observada por el sector de salud del país. Pese a que el colegio médico acordó cambios en la norma, el Consejo Médico Nacional determinó rechazar la ley y anunció movilizaciones si el Gobierno la promulga. A su vez, los municipios observan que la Ley vulnera las autonomías permitiendo que el gobierno asuma responsabilidades que son atribución de gobernaciones y municipios.

En lo que corresponde a supuestas condiciones para que Bolivia reciba las vacunas, recordemos que el mecanismo Covax fue creado con la intención de que los países que no pueden autofinanciar vacunas puedan acceder a una distribución equitativa. La OMS ha anunciado que los países de América Latina recibirán más de 35 millones de dosis de la vacuna del COVID-19 de la iniciativa COVAX.

A su vez la ONU, mediante el Secretario General Antonio Guterres, reflexionó que «nuestro mundo ha alcanzado un hito desgarrador: La pandemia de COVID-19 se ha cobrado ya dos millones de vidas, con nombres y rostros. La ciencia cosecha éxitos y ya hay vacunas contra el COVID-19 seguras y eficaces, que deben considerarse bienes públicos mundiales, accesibles y asequibles para todos y todas. Solo podemos atajar este virus de una manera: unidos». Asimismo, la OMS deploró las desviaciones que efectúan algunos gobiernos, señalando que «la corrupción es criminal e inmoral, y representa la máxima traición a la confianza pública. Es aún más perjudicial en tiempos de crisis, como está ocurriendo ahora en el mundo con la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19). Juntos, tenemos que crear sin demora unos sistemas más sólidos para la rendición de cuentas, la transparencia y la integridad», dijo el Secretario General de Naciones Unidas.

En cuanto a cumplir con los requisitos, la nueva ley de emergencia define que, declarada la emergencia sanitaria, las entidades podrán realizar contrataciones directas de bienes, obras y servicios orientados a la prevención y atención oportuna de la población afectada. Tratándose de una tragedia nacional se comprende una situación de esta naturaleza, en la que puede incluirse la pandemia. Pero además, determina que «las entidades públicas podrán incluir en los contratos que celebren y en la documentación complementaria para la adquisición de pruebas diagnósticas, vacunas, medicamentos, insumos, reactivos, tecnología y otros, cláusulas que establezcan el reconocimiento de la normativa extranjera aplicable a los contratos, así como jurisdicción y competencia de tribunales arbitrales con sede en el extranjero, exclusivamente respecto de los reclamos que se pudieran producir en dicha jurisdicción con relación a dicha adquisición. Además, podrán adherirse a las condiciones y contratos elaborados por los proveedores y contratistas». Esta situación solamente se explica porque los proveedores de vacunas impusieron sus condiciones. En el caso de las vacunas contra el coronavirus, debido a acuerdos previos, riesgos, evaluaciones incompletas, efectos secundarios y otros, las grandes empresas farmacéuticas y algunos países han previsto estas cláusulas que evitan ser enjuiciados por secuelas indeseables no previstas.

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