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viernes, abril 26, 2024
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Contradicciones, inseguridad y dudas

Pasando por encima de las normas legales, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) facilitó el reemplazo de los candidatos renunciantes y de los observados para las elecciones generales del 20 de octubre próximo, después que, internamente, los vocales efectuaran contradictorias interpretaciones sobre la factibilidad o imposibilidad de los reemplazos. Probablemente los frentes políticos beneficiados estarán contentos y los demás tendrán motivos para seguir impugnando el proceder del organismo electoral que no se detiene en las aberraciones que practica, originadas en normas discordantes y contrapuestas creadas por los mismos administradores del sistema electoral.

Tanto políticos como abogados constitucionalistas y también vocales del TSE hicieron notar las contradicciones en las normas que tienen relación con las renuncias de candidatos. Se argumentó el efecto vinculante de las elecciones primarias, que dejó en un espacio etéreo la situación de los renunciantes y la imposibilidad de su reemplazo, mientras que otra norma abre la posibilidad. La norma vinculante establece que la sustitución de un candidato solamente es posible en casos de muerte o grave enfermedad.

Pero puede más el espíritu dinámico de las interpretaciones antojadizas de quienes tiene el poder, y así los vocales del organismo electoral pasaron por encima de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) que establece la derivación vinculante de las elecciones primarias y las causales de sustitución de candidatos, y lo que determina la Ley de Régimen Electoral. Efectivamente, la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE), se fue a sesionar el pasado fin de semana a Tarija, y determinó aprobar la sustitución de candidatos a la presidencia y a la vicepresidencia que hayan renunciado.

De acuerdo a informes de prensa, la presidente del TSE, María Eugenia Choque, declaró que esta resolución se basa en la normativa nacional vigente. «La Sala Plena tomó en cuenta leyes nacionales, tratados internacionales, elementos doctrinarios y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que nos permite establecer que deben prevalecer los derechos políticos de los militantes de las organizaciones políticas, enmarcados dentro de los derechos colectivos de la ciudadanía», dijo. Con semejante análisis seguramente quedará solucionado el problema coyuntural, y probablemente también la explicación haya sido comprendida por algunos ciudadanos, pero tal vez no sea tolerada por otros, especialmente por los juristas que valoran el derecho comparado y el respeto a la legalidad.

No se debe olvidar que todavía hay gente en el país que busca que se respete el ordenamiento legal, y que exigirá que quienes vulneran las normas, tarde o temprano rindan cuentas ante la justicia, tomando en cuenta que están en juego valores indispensables inherentes a la voluntad popular, como el derecho de los ciudadanos a acudir a las urnas en un ambiente transparente y conforme a las leyes, y no a tientas por las tinieblas que impiden al ciudadano decidir en libertad el futuro del país.

Es lamentable que en esas condiciones de fragilidad legal, contradicciones, inseguridad y dudas, los electores tengan que ir a las urnas el 20 de octubre para elegir al Presidente, Vicepresidente y más de 350 parlamentarios, entre senadores y diputados titulares y suplentes, mientras el manoseado Padrón Electoral se mueve tanto por las depuraciones como por los nuevos ciudadanos inscritos y los que cambian de residencia. Se estima que este año votarán algo más de cinco millones de electores. El último periodo de empadronamiento para estos comicios registró algo más de un millón de ciudadanos en medio de denuncias de irregularidades.

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